BUENOS AIRES
Art. 36 inc.9 "De los indígenas. La Provincia reivindica la existencia de los pueblos indígenas en su territorio, garantizando el respeto a sus identidades étnicas, el desarrollo de sus culturas, y la posesión familiar y comunitaria de las tierras que legítimamente ocupan".
Adhiriéndose la Provincia de Buenos Aires, al contenido y alcance de la Ley Nacional N°23.302 – Ley sobre política indígena y apoyo a las comunidades aborígenes –
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de ley
Artículo 1°: Adhiérese la Provincia de Buenos Aires por medio de la presente Ley, al contenido y alcance de la Ley Nacional 23302 - Ley sobre política indígena y apoyo a las comunidades aborígenes -.
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